Son muchos los accidentes de tráfico que se han producido y, por desgracia, siguen produciéndose a diario.

Son muchos los accidentes de tráfico que se han producido y, por desgracia, siguen produciéndose a diario.
Son muchos los que desconocen el concepto y significado de la reserva de dominio que está presente en las operaciones de compraventa de un vehículo, cuando éste ha sido financiado y que aparece como cláusula en el contrato que se firma con la financiera o la entidad bancaria.
Desde hace años venimos experimentando como algunos conductores se ha apoderado o adueñado del carril izquierdo. Han convertido el carril izquierdo en la única vía por la que recorrer el trayecto que precisan, no siendo conscientes del peligro que atañe esta costumbre y decisión, para el resto de conductores.
La normativa de la inspección técnica de vehículos entró en vigor el día 1 de junio. La nueva revisión del Manual de la ITV, que va a afectar a los conductores que pasen a partir de ahora la inspección técnica lo que pretende es adaptar la revisión de los vehículos a las nuevas tecnologías que incorporan los mismos.
Como en tantos ámbitos de nuestra sociedad las nuevas realidades van más deprisa que las regulaciones legales que las ordenan. Éste es sin duda el caso de los llamados Vehículos de Movilidad Personal o, en su abreviatura más extendida, los VMP.
La reserva de dominio es una cláusula que se incluye en los contratos de compraventa con pago aplazado es decir cuando el bien adquirido ha sido financiado, cuya finalidad es que el vendedor, en este caso del vehículo, mantiene la propiedad y el dominio del bien hasta que el comprador no haya realizado el pago completo del mismo.
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