El pasado 22 de enero de 2022 se publicó el Manual de características de los vehículos de movilidad personal, un documento normativo en el que se recogen las características técnicas que tienen que cumplir los VMP para poder circular por las vías públicas.

Con este se manual se pretende garantizar la seguridad vial y la protección de los usuarios de los VMP, que son más de 1 millón circulando cada día por nuestras ciudades. Según datos de la DGT, en 2020 fallecieron 8 personas mientras condición un VMP, 97 resultaron heridos y 1.097 fueron heridos no hospitalizados, por lo que se hacía imprescindible regular el uso y las características de estos vehículos.
En este manual no solo encontraremos las características técnicas exigibles, si no la clasificación de estos vehículos y los ensayos a los que se deben de someter para certificar esas características, y se exige la obligatoriedad de los fabricantes de disponer de un certificado que garantice esta serie de requisitos.
¿Qué es un VMP?
Un Vehículo de Movilidad Personal, es un vehículo de uno o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos, y que pueden alcanzar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h.
A los vehículos de VMP les corresponde la clasificación ambiental CERO emisiones y están exentos de llevarlo visible.
🛴 Protección legal para usuarios de VMP desde solo 39 €/año
En CEA ofrecemos un completo asesoramiento legal para que todos los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) —como patinetes eléctricos— se sientan protegidos y puedan resolver todas sus dudas y problemas legales.
Te atendemos a cualquier hora del día, los 365 días del año, ante sanciones, accidentes, normativa de circulación o cualquier incidencia relacionada con tu VMP.
Asesoramiento legal 24/7 · Especialistas en normativa VMP · Alta inmediata
¿Qué características deben cumplir?
En este artículo hemos recogido las más importantes.
-
La velocidad máxima a la podrán circular es de 25km/h. Dispondrán de un sistema de antimanipulación de la potencia y velocidad.
-
Deberán de disponer de un indicador de información visible en el que consta la velocidad a la que va y el nivel de batería.
-
Todos los vehículos VMP destinados al transporte de personas deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5m/s2
-
Los vehículos de más de 2 ruedas deberán disponer de freno de estacionamiento.
-
Deberán de estar equipados de catadiópticos frontal (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). Además, la luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
-
Avisador acústico para todo tipo de VMP y en el caso de mercancías u otros servicios deberán llevar también avisador de marcha atrás.
-
Para evitar encontrarnos VMP caídos en las vías públicas se establece la obligatoriedad para los vehículos de 3 ruedas de disponer de un sistema de estabilización, dicho sistema consistirá en una pata de cabra lateral.
-
Se establece un diámetro mínimo de las ruedas de 203,2mm, mientras que la superficie tiene que ser rugosa para una mejor adherencia a pavimento.
-
Tendrán que disponer de un doble sistema de seguridad para que queden bien plegados y así evitar incidencias mientras se transportan.
-
Los VMP deberán incluir en la parte trasera del mismo un espacio para llevar una identificación o etiqueta de registro.
Además de todas las características técnicas, se detallan otras más orientadas a la calidad.

Entrada en vigor
La DGT ha establecido un régimen transitorio que se determina de la siguiente forma:
-
Los VMP que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 serán marcas y modelos que hayan sido certificados.
-
Los vehículos comercializados hasta el 22 de enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificado.
-
A partir del 22 de enero de 2027 solamente podrán circular los VMP que cumplan con lo dispuesto en el manual.
Descargar BOE - Manual características de los VMP
Registro y seguro obligatorio
Además de las obligaciones técnicas recogidas en el Manual, desde enero de 2026 la DGT ha aprobado un Registro Nacional de Vehículos Personales Ligeros, que obliga a inscribir todos los VMP para poder circular legalmente y facilitar la identificación del titular y del vehículo.
Una vez inscritos, los propietarios recibirán un certificado digital y deberán colocar una etiqueta identificativa visible en el vehículo conforme a la regulación del registro. Esta etiqueta servirá para acreditar que el vehículo está inscrito en el registro obligatorio.


La Ley 5/2025 prevé también la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil para los VMP. Actualmente la entrada en vigor de la obligación general de seguro está supeditada a que el registro esté plenamente operativo, aunque sí es obligatorio asegurar los VMP con peso superior a 25 kg y velocidad superior a 14 km/h antes del 26 de enero de 2026.
La DGT ha advertido que circular sin seguro o sin estar inscrito en el registro podrá dar lugar a sanciones que van desde los 200 hasta los 800 euros, dependiendo de la infracción y del tipo de vehículo.
Normativa de los patinetes eléctricos
Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Vehículos y Circulación el día 2 de enero de 2021, se unifican los criterios y restricciones para los vehículos de movilidad personal (VMP), por ejemplo, los patinetes eléctricos tienen prohibido circular por las aceras y zonas peatonales. Tampoco pueden hacerlo por túneles urbanos ni travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías, aunque se encuentren en poblado.
La regulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), exige que los usuarios deben llevar un certificado de circulación el que se deberán plasmar todas las características técnicas: peso, potencia y velocidad, tamaño de ruedas.
Asimismo, a partir del 2026, además del certificado de circulación, los vehículos VMP deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Personales Ligeros y contar con un seguro de responsabilidad civil acorde a la normativa vigente.
Maribel Muñoz Villas - Directora Desarrollo Negocio y Atención al Socio
