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Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid

El proyecto para la nueva ordenanza de Movilidad Sostenible de la Comunidad de Madrid, está enfocado a lograr una mayor convivencia y seguridad vial, una movilidad más sostenible y la protección de determinados colectivos, como las personas con movilidad reducida o los entornos escolares u hospitalarios, son los ejes principales de la futura Ordenanza de Movilidad Sostenible promovida por el Ayuntamiento de Madrid.

Algunos de los principales cambios que se plantean son la limitación de velocidad a 30 km/h, así como el uso de la bicicleta o una nueva regulación del aparcamiento en las aceras para los vehículos de dos ruedas.

Otra novedad será la regulación de los vehículos de movilidad urbana, así como las nuevas normas de circulación de taxis.

Velocidad a 30 km/hora

Lo que se contempla es el límite de velocidad en 30km/hora en las calles de un carril por sentido o carril único y 20km/hora para zonas de plataforma única. Esta medida pretende contribuir al apaciguamiento general del tráfico y beneficiará al peatón, eje principal de esta ordenanza, para garantizar una mejor convivencia vial.

La normativa prohibirá además el estacionamiento en la acera de cualquier vehículo sobre pavimentos podotáctiles y se deberá dejar espacio libre entre los pasos de peatones y la banda de estacionamiento, para facilitar una mayor visibilidad.

En cuanto a los peatones, se aclararán las posibilidades de movilidad de estos, como por ejemplo poder cruzar una “zona 30” siempre que haya comprobado que no entorpece la circulación; y en las zonas residenciales (20 km/h) los peatones tendrán prioridad sobre los vehículos.

Velocidad a 30km/h

Fomento de la movilidad ciclista

Se incluye la posibilidad de girar a la derecha con semáforo rojo siempre que esté señalizada y también se permitirá la circulación en ambos sentidos en las calles residenciales, ciclocalles y red viaria local si se señaliza. Se regula el registro para bicis, que será obligatorio para los servicios de alquiler y otras actividades económicas y expresamente se citará la posibilidad de retirar bicicletas por motivos de seguridad vial.

Fomento de la movilidad ciclista

Estacionamiento de vehiculos de dos ruedas

El estacionamiento en las aceras se prohibirá donde exista banda de estacionamiento, en zonas señalizadas como de prioridad peatonal y será obligatorio dejar tres metros de espacio libre para el tránsito peatonal.

Estacionamiento de vehículos de dos ruedas 

Vehículos de movilidad urbana

La nueva Ordenanza de Movilidad regulará por primera vez los vehículos de movilidad urbana, para cuya conducción se exigirá una edad mínima de 16 años y cuyos usuarios no podrán circular con auriculares.

Se adopta una clasificación de estos vehículos según la cual los vehículos A son plataformas de una o dos ruedas y patinetes a motor que, si se usan para actividades económicas, tendrán que tener seguro y utilizar casco y los B (vehículos de tipo segway y patinetes eléctricos), que podrán circular en grupos de hasta 6 personas más una que actúe de guía.

Por último, los clasificados como C0, C1 y C2 (bicicletas con cesta grande, bici pasajeros, bici con pasajero mirando hacia atrás y bicicleta con cesta para distribución de mercancía) tendrán las mismas obligaciones. Asimismo, se establece un límite de velocidad de 20km/hora para todos ellos y las zonas en que pueden circular y aparcar según los casos.

Vehículos de movilidad urbana

Patines, monopatines y patinetes

Los monopatines solo tendrán uso deportivo y no podrán circular por calzadas, aceras, zonas peatonales y vías ciclistas, mientras que los patines y patinetes sin motor podrán ir por las aceras a ritmo de peatón y por los carriles por los que circulan las bicicletas.

Patines, monopatines y patinetes

Paradas y aparcamientos

Se regulará la parada de taxi en carril bus-taxi para subida y bajada de viajeros por un tiempo máximo de dos minutos, pero no se permitirá la parada para esperar dentro del vehículo al cliente, en los servicios previamente concertados mediante teléfono o app, ni a los taxis ni a los VTC en estos carriles.

Entre las novedades del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), está prevista la posibilidad de que hospitales y otros centros soliciten la creación y regulación de aparcamiento en ámbitos sanitarios y de larga estancia, permitiendo así a los pacientes y a sus acompañantes estacionar en períodos más extendidos y en su caso con distinto coste al general del SER.

Zonas de aparcamiento vecinal 

En las zonas colindantes al SER se implantarán las Zonas de Aparcamiento Vecinal siempre que se produzca una solicitud de los ciudadanos mediante un proceso de participación. Los vecinos de esos barrios no pagarán ninguna tasa ni tendrán límite de tiempo de estacionamiento.

Zonas de aparcamiento vecinal

Transporte en vehículos de turismo y calidad del aire

A los vehículos turismo que presten servicios de transporte, tales como taxi y VTC, se les exigirán requisitos ambientales para circular por la ciudad. Así, como ya sucede con el taxi en virtud de las modificaciones introducidas en la ordenanza municipal, para circular por la ciudad todas las nuevas VTC tendrán que ser ECO o CERO, y C en el caso de vehículos adaptados.

Transporte en vehículos de turismo y calidad del aire

Personas con movilidad reducida

Tendrán prioridad para acceder a la reserva de plazas de aparcamiento público. También se intensificará la vigilancia de las plazas reservadas para las personas con movilidad reducida en aparcamientos de centros comerciales y de ocio; y se prohibirá el estacionamiento de motos sobre pavimentos podotáctiles ubicados en las aceras.

Asimismo, se regulará el uso de sillas de ruedas motorizadas, permitiendo su uso por zonas peatonales y aceras bici cuando su ocupante sea titular de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR).

Personas con movilidad reducida

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Carga y descarga

La carga y descarga tendrá un control de tiempo de ocupación mediante tique electrónico. El horario general será de 7.00 a 22.00 horas para vehículos de menos de 18 toneladas y de 22.00 a 7.00 horas para vehículos de más de 18 toneladas.

Sanciones

La nueva ordenanza prevé, en el capítulo de sanciones, la retirada de bicicletas y vehículos de movilidad urbana de las vías y espacios públicos cuando perturben o causen peligro, se regulará la retirada de vehículos averiados o accidentados de la vía pública mediante la grúa municipal cuando afecten a la fluidez del tráfico y se establecerá una responsabilidad para los establecimientos por el uso sistemático de la vía pública como la doble fila, ocupación de aceras y espacios peatonales, etcétera.

Como novedad también se incluye el periodo de aviso de 2 meses para nuevos radares, dispositivos foto-rojo y otras medidas de control.

CEA te mantendrá informado de las novedades que se produzcan en esta importante norma que afecta a todos los madrileños.

Rosa M. García Alvarez - Directora de Comunicación CEA

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