Hazte socio de CEA

Hazte socio de CEA

  • Inicio
  • Blog
  • Diferencia entre arraigo familiar y reagrupación familiar en España: requisitos y cómo solicitarlos

Diferencia entre arraigo familiar y reagrupación familiar en España: requisitos y cómo solicitarlos

En el ámbito de extranjería en España, muchos extranjeros tienen dudas sobre si deben solicitar arraigo familiar o iniciar un proceso de reagrupación familiar. Aunque ambos procedimientos permiten obtener la residencia en nuestro país, sus requisitos, condiciones y finalidad son diferentes. En este artículo te explicamos de manera sencilla las diferencias clave, los requisitos de cada trámite y cómo se solicita cada autorización.

Diferencia entre arraigo familiar y reagrupación familiar en España: requisitos y cómo solicitarlos

91 557 68 01

¿Qué es el arraigo familiar?

El arraigo familiar es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales que se concede a un extranjero que ya se encuentra en España, normalmente en situación irregular, pero que cuenta con un vínculo de parentesco directo con un ciudadano español.

  • ¿Para quién es? Para los padres de un menor de nacionalidad española, o para los hijos de padre o madre de origen español.

  • ¿Cuándo se solicita? Cuando el extranjero ya se encuentra en España, incluso sin residencia legal.

  • Requisitos principales:

    • Acreditar el vínculo familiar con un ciudadano español.

    • Carecer de antecedentes penales en España y en los países en los que haya residido.

  • Beneficio: Concede un permiso de residencia y trabajo de hasta 5 años, renovable y con la posibilidad de solicitar la nacionalidad española por residencia en el futuro.

Este procedimiento está pensado para proteger la unidad familiar de ciudadanos españoles, garantizando que padres o hijos puedan permanecer juntos en España.

En GESTORÍA CEA realizamos por ti cualquier trámite administrativo: transferencias, informe tráfico titularidad vehículo, pegatinas dgt, matriculaciones, y muchas más gestiones. ¡Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.! O llama al 91 557 68 01.

¿Qué es la reagrupación familiar?

La reagrupación familiar es un derecho que permite a los extranjeros que ya tienen residencia legal en España traer a sus familiares directos desde su país de origen.

  • ¿Para quién es? Para cónyuges o parejas de hecho registradas, hijos menores de 18 años (o mayores con discapacidad) y, en algunos casos, padres mayores de 65 años.

  • ¿Cuándo se solicita? Cuando el reagrupante ya ha residido legalmente en España durante al menos 1 año y cuenta con autorización para residir al menos otro año más.

  • Requisitos principales:

    • Disponer de medios económicos suficientes para mantener a la familia.

    • Contar con una vivienda adecuada.

    • Acreditar el vínculo familiar mediante certificados oficiales.

  • Beneficio: Permite que los familiares del reagrupante se trasladen legalmente a España y obtengan una autorización de residencia y, en algunos casos, de trabajo.

Este procedimiento garantiza la unidad familiar de los extranjeros residentes, facilitando la integración y convivencia en España.

 ¿Qué es la reagrupación familiar?

Principales diferencias entre arraigo familiar y reagrupación familiar

Aspecto

Arraigo familiar

Reagrupación familiar

Quién lo solicita

Extranjero en situación irregular con vínculo con un ciudadano español

Extranjero con residencia legal en España

Dónde se solicita

Dentro de España

Desde el país de origen del familiar

Familiares incluidos

Padres o hijos de ciudadanos españoles

Cónyuge, hijos, padres (en algunos casos)

Requisito clave

Vínculo con ciudadano español

Medios económicos y vivienda adecuada

Duración inicial

Hasta 5 años

Generalmente 2 años (según autorización del reagrupante)

¿Quieres obtener la nacionalidad española por residencia? Nosotros te ayudamos. Infórmate gratis en el 91 557 68 01. No pierdas tiempo y dinero. Confía en nuestro equipo de expertos.

Cómo solicitar cada autorización

  • Arraigo familiar: se presenta directamente en la Oficina de Extranjería correspondiente al domicilio del solicitante, aportando el certificado de nacimiento o de filiación, pasaporte en vigor y antecedentes penales, entre otros documentos.

  • Reagrupación familiar: se inicia desde España por parte del reagrupante en la Oficina de Extranjería. Una vez concedida la autorización, el familiar deberá solicitar el visado en el consulado español de su país de origen.

Tanto el arraigo familiar como la reagrupación familiar buscan preservar la unidad familiar, pero se aplican en contextos muy distintos: el primero está pensado para extranjeros en situación irregular con vínculos con ciudadanos españoles, mientras que el segundo corresponde a residentes legales que desean traer a su familia desde el extranjero.

91 557 68 01

En la Gestoría de CEA contamos con expertos en extranjería que te asesorarán en todo el proceso, desde la preparación de la documentación hasta la presentación de la solicitud. Si necesitas solicitar arraigo familiar o reagrupación familiar, confía en nosotros y evita retrasos o errores que puedan complicar tu residencia en España.

Contacta con CEA y deja tu trámite en manos de profesionales.

Olga Muñoz Villas - Abogada

Etiquetas: arraigo familiar, reagrupación familiar, extranjería España, residencia por arraigo, residencia legal en España, trámites de extranjería, permiso de residencia, requisitos arraigo familiar, requisitos reagrupación familiar, cómo solicitar reagrupación familiar, cómo pedir arraigo familiar, diferencias entre arraigo y reagrupación, autorización de residencia España, unidad familiar extranjeros España, ¿Qué es el arraigo familiar en España?, ¿Cómo solicitar la reagrupación familiar?, ¿Cuáles son los requisitos del arraigo familiar?, ¿Qué documentos necesito para el arraigo familiar?, ¿Quién puede pedir la reagrupación familiar en España?, ¿Qué diferencia hay entre arraigo y reagrupación familiar?, ¿Puedo pedir el arraigo si tengo un hijo español?


Dónde estamos

Almagro, 31 · 28010 - Madrid

Horario oficina:
Lunes a Viernes de 9 a 18 h.
(Julio y agosto de 9 a 15 h.)
Teléfonos CEA

Recibe la Newsletter

Déjanos tu email y te mantendremos informado de toda la actualidad CEA

 

Suscribirme