El 20 de mayo de 2025 ha entrado en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería en España, tras su publicación en noviembre de 2024 mediante el Real Decreto 1155/2024. Esta reforma supone una de las actualizaciones más relevantes de los últimos años, orientada a modernizar los procedimientos de residencia, facilitar la integración y adaptar la normativa a la realidad social y económica actual del país.
Principales novedades del Reglamento de Extranjería 2025
Uno de los cambios más destacados es la reducción del plazo exigido para acceder a permisos de residencia por arraigo: pasa de tres a dos años de estancia continuada en España. Esto permitirá que muchas personas puedan regularizar su situación antes, agilizando su integración en la sociedad española. Además, se han flexibilizado los requisitos para acreditar medios económicos y se permite combinar ingresos de distintas fuentes, lo que favorece a perfiles laborales más diversos.
El reglamento introduce nuevas modalidades de arraigo, adaptadas a diferentes trayectorias vitales y profesionales:
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Arraigo sociolaboral: permite obtener la residencia a quienes acrediten dos años de permanencia en España y cuenten con uno o varios contratos laborales de al menos 20 horas semanales, con salario igual o superior al mínimo interprofesional.
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Arraigo socioformativo: dirigido a quienes, además de los dos años de residencia, estén matriculados en estudios de formación profesional o enseñanzas para adultos en centros acreditados.
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Arraigo de segunda oportunidad: pensado para quienes perdieron su permiso de residencia por causas ajenas a su voluntad y han permanecido en España al menos dos años desde la pérdida del permiso.
Se ha clarificado la edad mínima para reagrupar cónyuges (ahora 18 años) y se han precisado los requisitos de vivienda adecuada y los familiares que pueden ser reagrupados, facilitando la unidad familiar en España.
La reforma apuesta por la digitalización de los procedimientos, permitiendo la presentación telemática de solicitudes y reduciendo la burocracia, con el objetivo de acortar los tiempos de espera y eliminar duplicidades administrativas.
Durante el primer año de vigencia, se establece un periodo transitorio que permite a personas en situación irregular tras la denegación de asilo solicitar permisos de arraigo bajo condiciones específicas, siempre que lleven al menos seis meses en situación irregular y cumplan el resto de los requisitos exigidos.
La reforma supone un avance significativo en la política migratoria, al facilitar vías legales de entrada y permanencia, reforzar derechos y adaptarse a los compromisos internacionales. Sin embargo, algunas organizaciones sociales advierten que persisten retos, especialmente para colectivos vulnerables o solicitantes de asilo, y subrayan la importancia de una correcta aplicación práctica para evitar cuellos de botella administrativos.
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Olga Muñoz Villas - Abogada