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El exceso de horas al volante, principal infracción

Todo el mundo que conduce considera la conducción como una actividad sencilla, casi automática, en la que ocasionalmente usamos para realizar otras acciones, como pensar en nuestras cosas, hablar con nuestro jefe por el “manos libres” o seguir sin entusiasmo las indicaciones del GPS.

El exceso de horas al volante

Estamos tan habituados a conducir sin prestar la debida atención, que no nos damos cuenta que estamos realizando más de 10 acciones cognitivas y perceptivas a la vez, en un entorno complejo y en permanente cambio, por lo que nuestra atención tiene que estar en las mejores condiciones posibles, puesto que de no hacerlo corremos el riesgo de sufrir un accidente de tráfico con graves consecuencias.

Conducir es en verdad, un trabajo en sí mismo. Se trata, como hemos visto, de una actividad compleja, llena de toma de decisiones inmediatas y cuya relevancia para la seguridad las recubre de una vital importancia.

Es, por ello, un trabajo que necesita ser ejecutado con calidad y del que puede depender nada menos que nuestra vida y la de quienes nos rodean, y que requieren, por tanto, de las debidas horas de descanso para realizarlo como se debe.

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Si a esto, incluimos a la conducción la base de nuestra actividad profesional, conducir más horas de las permitidas es un importante riesgo para la seguridad vial.

Son conductores profesionales a aquellos que se dedican a utilizar un vehículo para transportar ciertas materias o personas a cambio de una retribución. También deberían considerarse conductores profesionales en lo que a la normativa se refiere aquellos que, por ejemplo utilizan el coche en el desempeño de sus funciones laborales, como los agentes comerciales, o incluso aquellos que lo usan para acudir a su trabajo en su propio vehículo. Aún no estando incluidos éstos últimos, las directrices que vamos a enunciar en este artículo deberían estar en consideración para todos.

En todos los ámbitos, pero especialmente en el profesional, conducir más horas de las permitidas es un importante riesgo para la seguridad. El cansancio nos hace perder reflejos e impide que reaccionemos con celeridad y eficacia ante cualquier imprevisto.

La propia monotonía que supone circular durante el mismo trayecto de manera frecuente puede ocasionar que nos durmamos al volante, con el consiguiente peligro para nosotros y el resto de los conductores.

Por ello, para garantizar el mejor tránsito posible en la circulación existen una serie de normas en nuestra legislación europea, las cuales debemos conocer para mayor seguridad. Si bien estas directrices están establecidas de manera coercitiva para los considerados “conductores profesionales”, no es de menor grado que el resto de conductores las tengan en consideración.

Podemos conducir hasta 9 horas al día, que pueden ser hasta 10, dos veces a la semana. El límite semanal es de 56 horas y quincenalmente la suma total no debe superar las 90 horas.

En caso necesario, pueden ampliar el tiempo de trabajo hasta un máximo de 60 horas semanales. Esta ampliación solo es posible si los empleados trabajan una media de 48 horas por semana durante un período de 4 meses.

Los conductores no deben trabajar más de 6 horas consecutivas sin pausa. Si los empleados trabajan entre 6 y 9 horas, tienen derecho a hacer una pausa de al menos 30 minutos. Si trabajan más de 9 horas, tienen derecho a hacer una pausa de al menos 45 minutos.

Tras un período de conducción de 4,5 horas, las pausas que se deben realizar son de 45 minutos de manera ininterrumpida, como mínimo, a menos que se tomen un período de descanso. Otra opción es dividir esta pausa en dos partes: una primera pausa de una duración mínima de 15 minutos, seguida de una segunda pausa de al menos 30 minutos.

También están establecidas las directrices en caso de “trabajo nocturno” Según las normas de la UE, el trabajo nocturno es todo período de un mínimo de cuatro horas entre las 00.00 y las 7.00 horas.

Si los conductores trabajan durante un intervalo concreto de al menos 4 horas entre las 00.00 y las 7.00 horas, se consideran trabajadores nocturnos. Si realizan trabajo nocturno, los empleados no pueden trabajar más de 10 horas por cada período de 24 horas.

El exceso de horas al volante, principal infracción

Si estas condiciones no se dieran en el desempeño del trabajo de los conductores profesionales, las consecuencias serían, aparte de poner en peligro a los usuarios de la vía, la posibilidad de recibir una multa por llevas a cabo dichas infracciones, que irían desde:

  • Falta muy grave, si el exceso de horas al volante supera el 50 % del máximo permitido, la sanción puede alcanzar los 4600 euros.

  • Falta grave, cuando sobrepasemos el máximo en un 20 %, será de hasta 2000 euros.

  • Falta leve, si nos hemos pasado del máximo pero sin llegar a considerarse falta grave, o muy grave. En este caso, la sanción puede ser de hasta 301 euros.

Esto, la administración podrá saber si se ha incumplido el número de horas al volante con la instalación de tacógrafos en los vehículos usados para trabajar. La instalación es de obligado cumplimiento, y el hecho de no llevarlo también puede ocasionar una sanción económica.

Y como hemos dicho, aunque estas normas sólo estén establecidas para los conductores profesionales, si que aconsejamos que se sigan lo más a rajatabla posible, para garantizar, no sólo la mayor seguridad posible en la conducción sino también la propia salud de todos.

Maribel Muñoz Villas – Directora Escuela CEA de Conducción

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