La baja definitiva es un trámite necesario para retirar un vehículo de la circulación cuando ha llegado el fin de la vida útil del mismo. Para tramitar esta baja debes llevar el vehículo a un desguace o Centro Autorizado de Tratamiento de vehículos (CAT). Ellos se encargarán de comunicar esta situación a la Jefatura de tráfico correspondiente sin que tengas que acudir presencialmente a las oficinas para gestionarlo.
El CAT te entregará un certificado de destrucción del vehículo y el justificante de la baja definitiva, que deberás conservar.
Para ello deberás entregarles, el vehículo y la documentación original del mismo es decir el permiso de circulación y la tarjeta de ITV. Si se ha extraviado o te han robado la documentación, deberás rellenar una declaración responsable indicando tus datos y los del vehículo, alegando el motivo por el que no se presenta la documentación.
Por otra parte si lo que ocurre es que no vas a circular con tu vehículo durante un período de tiempo, puedes darlo de baja temporalmente. Durante el período de tiempo en que un vehículo esté de baja temporal no podrá circular y estará exento de pagar el impuesto municipal de circulación. Este tipo de bajas tiene un carácter temporal, sin una fecha límite y se podrá revertir, o pasar a baja definitiva, en el momento que quieras.
¿Pero que ocurre cuando llevas el vehículo al desguace y este no tramita la baja del mismo? ¿O si vendes un coche a un extranjero y antes de sacarlo del país no das una baja en la Jefatura? En la mayoría de estos casos los particulares y los desguaces han utilizado la figura de la baja temporal a fin de evitar sobre todo pagar los impuestos municipales.
Para evitar esta práctica, la DGT ha comenzado a enviar a los titulares que han solicitado la baja temporal de su vehículo, una carta al domicilio del titular que consta en el Registro de Vehículos para informarles de la situación administrativa en la que se encuentra el coche, así como recordarle que pese a la baja temporal sigue siendo el responsable de la custodia del mismo.
Esta medida es un paso previo a la modificación reglamentaria que se quiere realizar desde la DGT para establecer un límite temporal a dichas bajas y evitar así el inadecuado uso que se está haciendo de este trámite administrativo.
Si tienes previsto deshacerte de tu coche, por venta o desguace infórmate previamente a través de gestoría CEA, evita problemas administrativos.
Olga Muñoz Villas – Gestora de CEA