Conducir bajo los efectos de drogas o alcohol presenta sin duda un peligro grave para quien conduce como para quien comparte la vía con esta persona. Sin embargo, negarte a pasar un control de alcoholemia puede traer consecuencias penales.

Negarse a realizar un control de alcoholemia es delito
Negarse a someterse a un control de alcoholemia o drogas se considera automáticamente un delito penal según el artículo 383 del Código Penal.
Las penas establecidas son:
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Prisión de 6 meses a 1 año
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Retirada del carnet hasta 4 años
¿Quiénes están obligados a realizar la prueba?
Los test de alcohol y drogas no son exclusivos para conductores de coche o motocicleta. En caso de accidente, también pueden ser sometidos a controles:
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Peatones implicados
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Ciclistas
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Cualquier usuario que pueda haber generado el accidente
Si cualquiera se niega a la prueba, la ley contempla las mismas penas que para un conductor ebrio que se niega al test.

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¿Cómo funciona el control de alcoholemia?
Si un agente realiza una prueba y el primer resultado es positivo:
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Se espera 10 minutos para una segunda medición.
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Si vuelve a dar positivo, se inmoviliza el vehículo y se impone la sanción correspondiente.
¿Cómo se realiza el control de drogas?
La prueba se realiza mediante una muestra de saliva. Al igual que con el alcohol:
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Se toma una segunda muestra
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Se envía a laboratorio para validación
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Hasta el resultado, el conductor no podrá continuar la marcha
El implicado puede solicitar prueba de sangre de contraste en un centro médico. Si vuelve a ser positiva, los resultados se incorporan al expediente.
Multas y sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol
La tasa máxima de alcohol permitida es:
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De 0,25 mg/l en aire espirado o 0,5 gr/l en sangre.
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Par los conductores profesionales o noveles la tasa máxima se reduce a 0,15 mg/l en aire o 0,3 gr/l en sangre.
Sanciones por dar positivo en un control de alcoholemia
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Los 500 € y la pérdida de 4 puntos si la tasa de alcohol está entre los 0,25 mg/l y los 0,50 mg/l en aire espirado.
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Hasta los 1.000 € y la pérdida 6 puntos en los casos más graves donde la tase se alcohol es superior a los 0,50 mg/l.
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Si la tasa es superior a los 0,60 mg/l en aire o 1,2 gr/l en sangre la infracción pasa a considerarse delito conta la seguridad vial y está castigado con penas de prisión. Puede suceder que con una tas inferior a 0,60 mg/l en el que se observe síntomas evidentes de estar bajo los efectos del alcohol también se pueda considerar delito y se inicie la vía penal.
Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas no solo compromete la seguridad vial, sino que implica sanciones económicas elevadas, pérdida de puntos, retirada del permiso de conducir e incluso penas de prisión. Además, negarse a realizar un control constituye un delito grave por sí mismo, castigado con las mismas penas o incluso superiores que dar positivo.
Preguntas frecuentes
¿Qué límites de alcohol permiten conducir sin sanción?
Para conductores habituales, la tasa máxima es 0,50 mg/l en aire espirado; para profesionales o conductores noveles (menos de 2 años), el límite es 0,30 mg/l.
¿Cuándo se considera un delito penal conducir con alcohol o drogas?
Se considera delito si la tasa supera 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre, o si hay evidentes síntomas de conducción bajo influencia de alcohol o drogas.
¿Qué pasa si el conductor se niega a realizar el control de alcoholemia o drogas?
Negarse puede ser considerado un delito (arts. relevantes del Código Penal). Las penas incluyen prisión de 6 meses a 1 año y retirada del carnet de 1 a 4 años.
¿Puede aplicarse el control de alcoholemia aunque el vehículo esté estacionado?
Sí — si los agentes consideran que existe intención de iniciar la marcha, pueden exigir la prueba, incluso con el vehículo estacionado.
Mar López - Departamento de Comunicación


