Los coches históricos no son solo un medio de transporte: son piezas de la historia del automóvil, testigos de una época y motivo de orgullo para sus propietarios. Sin embargo, poseer y circular con un coche histórico implica cumplir una normativa específica, que establece tanto ventajas como obligaciones.
Y es que, aunque muchos conductores creen que estos vehículos están exentos de ciertas normas, pueden recibir sanciones si se usan fuera de los límites legales. En este artículo analizamos qué dice la ley, en qué condiciones se puede circular y qué multas pueden imponerse.
¿Qué se considera un coche histórico?
Según el Reglamento de Vehículos Históricos (RD 892/2024), se considera vehículo histórico aquel que ha sido oficialmente reconocido como tal por la administración competente, atendiendo a su antigüedad, singularidad o valor técnico y cultural.
Para que un vehículo sea reconocido legalmente como histórico (VH), debe cumplir criterios como:
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Tener al menos 30 años de antigüedad desde su fabricación o primera matriculación.
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Conservar su carácter original: sin modificaciones sustanciales en motor, chasis o estructura (salvo las permitidas técnicamente).
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Pasar la inspección técnica cuando corresponda, salvo que esté exento.
El reglamento introduce dos grupos de clasificación:
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Grupo A: procedimiento simplificado. Conserva matrícula ordinaria + tarjeta ITV, y el propietario presenta una declaración responsable de que el vehículo cumple requisitos.
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Grupo B: para casos más complejos o importados, requiere informe técnico en un Servicio Técnico de Vehículos Históricos.
Además, hay disposiciones especiales:
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Vehículos con más de 60 años quedan exentos de pasar la ITV periódica.
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Los ciclomotores históricos tienen exención total de la ITV.
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Se crean permisos temporales para vehículos de museos o colecciones museográficas.
Obligaciones y límites de uso de un coche histórico
Tener un vehículo histórico implica disfrutar de ventajas, pero con condiciones claras. Las principales son:
Uso ocasional y no habitual
El reglamento establece que la circulación del vehículo histórico debe tener carácter ocasional, y fija un máximo de 96 días al año para su uso. Los coches históricos deben tener un uso limitado a actividades recreativas o culturales, como concentraciones, exposiciones o rutas esporádicas. No están destinados a la movilidad diaria ni al transporte habitual. No pueden utilizarse como vehículo principal para desplazamientos laborales, escolares o cotidianos. De hecho, el exceso de uso puede suponer que las autoridades consideren que el vehículo no cumple el carácter de uso ocasional exigido, y con ello se pierdan los beneficios de su catalogación.
ITV y mantenimiento obligatorio
Los vehículos históricos deben someterse a una Inspección Técnica adaptada a sus características originales, más flexible que la de los vehículos modernos, pero igualmente obligatoria.
La periodicidad depende de la antigüedad y tipo de vehículo:
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Hasta 40 años: cada 2 años.
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De 40 a 60 años: cada 3 años.
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Más de 60 años: cada 4 o 5 años, e incluso exentos en algunos casos.
No obstante, circular con la ITV caducada o desfavorable conlleva una multa de 200 euros, independientemente de la condición de histórico. Además, la ITV verifica que el vehículo mantiene sus condiciones de seguridad, luces, frenos y emisiones acordes a su época, pero no puede incorporar elementos modernos que alteren su originalidad.
Seguro obligatorio
Uno de los errores más comunes entre los propietarios es pensar que, al no circular habitualmente, no es necesario tener seguro. Nada más lejos de la realidad: todo vehículo matriculado y dado de alta en Tráfico debe tener, como mínimo, un seguro de responsabilidad civil.
El seguro es obligatorio incluso si el vehículo se guarda en un garaje y no circula, salvo que se haya dado de baja temporal en la DGT. Circular sin seguro puede suponer sanciones entre 601 y 3.005 euros, además de la inmovilización del vehículo y su depósito.
Existen pólizas específicas para coches clásicos o de colección, con coberturas ajustadas a su valor y uso ocasional, que CEA puede ayudarte a gestionar para garantizar la protección adecuada.
Acceso a zonas se bajas emisiones (ZBE)
Los municipios pueden decidir si permiten o no el acceso de vehículos históricos a sus ZBE, bajo ciertas condiciones que determinen en sus ordenanzas y teniendo en cuenta que el uso es ocasional. Algunos ayuntamientos, como Madrid o Barcelona, permiten su circulación si el vehículo está correctamente catalogado como histórico y figura así en el registro de la DGT. Otros, sin embargo, pueden restringir o denegar el acceso, lo que puede dar lugar a multas de hasta 200 euros si se accede sin autorización.
Por ello, es recomendable consultar las ordenanzas locales antes de circular por zonas restringidas y asegurarse de que el vehículo aparece correctamente inscrito como histórico en las bases de datos municipales.
Documentación y distintivo obligatorio
El propietario de un coche histórico debe llevar siempre la documentación específica del vehículo, que incluye:
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Permiso de circulación histórico.
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Ficha técnica expedida por la ITV.
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Justificante del seguro en vigor.
Multas más frecuentes a coches históricos
Aunque gozan de un régimen especial, los vehículos históricos también están sujetos al régimen sancionador general de tráfico. Las multas más habituales son:
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Circular sin ITV o con ITV caducada: 200 €.
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No tener seguro obligatorio: de 601 a 3.005 € y posible inmovilización.
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Uso como vehículo habitual: pérdida de la catalogación histórica y sanción.
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Acceso indebido a zonas restringidas: 200 €.
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Alteración de piezas originales o modificaciones no autorizadas: retirada del estatus de histórico.
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No acreditar la documentación histórica o circular con placas no homologadas.
En casos reiterados o graves, la administración puede incluso revocar la condición de histórico y exigir la regularización del vehículo como uno convencional.
¿Es legal usarlo a diario?
No. El coche histórico no está pensado para el uso diario, sino para su conservación y disfrute ocasional. Utilizarlo todos los días para ir al trabajo o como vehículo de uso continuado va en contra de la normativa y puede tener varias consecuencias:
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Multas por uso indebido o exceso de circulación.
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Pérdida de la catalogación histórica y, con ello, de sus ventajas fiscales y técnicas.
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Anulación del seguro, ya que la mayoría de las pólizas históricas cubren únicamente desplazamientos recreativos o exhibiciones.
Por tanto, su uso debe ser responsable, puntual y conforme al carácter de conservación que define la categoría de “vehículo histórico”.
Ventajas de tener un coche histórico
A pesar de las limitaciones, la catalogación como histórico ofrece beneficios interesantes:
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Exenciones o reducciones en el Impuesto de Circulación (IVTM) en numerosos ayuntamientos.
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ITV más espaciada y adaptada a las condiciones originales del vehículo.
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Valor añadido en el mercado de coleccionismo y mayor protección frente a modificaciones o desguace.
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Acceso a eventos exclusivos de automóviles clásicos y certificaciones de autenticidad.
Estas ventajas compensan el esfuerzo de mantenerlo conforme a la normativa y de conservar su autenticidad.
Tener un coche histórico es una pasión y un privilegio, pero también una responsabilidad. La normativa actual exige que estos vehículos se mantengan en condiciones adecuadas, cuenten con seguro, ITV y documentación en regla, y se utilicen de forma limitada.
No cumplir con estos requisitos puede derivar en sanciones económicas importantes o incluso en la pérdida de su estatus histórico.
Desde CEA podemos ayudarte tanto en el proceso de catalogación como en la defensa ante cualquier multa relacionada con tu coche clásico. Nuestro equipo jurídico y gestor administrativo se encarga de todo, para que tú solo te preocupes de disfrutar del placer de conducir historia.
Maribel Muñoz Villas – Directora Desarrollo de Negocio