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Instalación Puntos de Recarga Vehículos Eléctricos

MITECO aprueba la orden que regula la información que deben facilitar los gestores de los puntos de recarga eléctrica

MITECO aprueba la orden que regula la información que deben facilitar los gestores de los puntos de recarga eléctrica

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha publicado en el BOE  la Orden TED/445/2023, cuya entrada en vigor se ha producido el 16 de mayo del 2023 y que tiene por objeto regular el contenido, el plazo, la frecuencia y la forma de remisión de la información que las empresas de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos están obligadas a proporcionar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en virtud de lo establecido en el artículo 15.9 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, así como el contenido de la información sobre instalaciones de recarga de vehículos que las empresas prestadoras de servicios de recarga energética para el vehículo eléctrico están obligadas a remitir a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, en aplicación de lo previsto en el artículo 48.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.