Si has vendido o has comprado un vehículo ya matriculado, recuerda que debes efectuar el cambio titularidad del coche en el registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico. En los próximos pasos te explicaremos como debes actuar y que trámites debes hacer.
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¿Cómo hacer una transferencia de vehículos entre particulares?
Para cambiar la titularidad de un vehículo en el registro de vehículos de la DGT es necesario firmar un contrato de compraventa si el vehículo lo adquieres de un particular, ya que si el vehículo lo compras a una empresa ya sea concesionario o persona jurídica están en la obligación de emitir una factura de venta por el mismo.
Como consecuencia de las modificaciones que se introdujeron hace años en la Ley de Seguridad Vial, te recomendamos la previa petición de un informe completo DGT sobre la titularidad del vehículo que justifique la inexistencia de multas graves o muy graves que pudieran imposibilitar la transmisión del mismo, o de cualquier deuda o reserva de dominio que pudiera tener aún anotada en el registro de bienes muebles. La Gestoría de CEA puede solicitarte el informe tráfico. Con el informe verás si el vehículo tiene pagados todos los impuestos y cuando ha pasado las inspecciones técnicas además del resultado de las mismas.
Una vez que has comprobado la viabilidad del trámite y firmado el contrato con el vendedor tendremos que proceder al pago del ITP en la Comunidad Autónoma de nuestra residencia. Liquidaremos el impuesto aplicando un porcentaje que depende de la Consejería de hacienda de la Comunidad Autónoma de residencia del comprador, al valor del vehículo.
Tras liquidar el impuesto o en su caso con la factura de compra del vehículo, el siguiente paso es presentar toda la documentación en la Jefatura Provincial de tráfico de tu provincia para finalizar el trámite.
A continuación podrás comprobar todos los documentos que tienes que aportar para finalizar el cambio de titularidad y poner el vehículo a tu nombre.
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¿Qué se necesita para hacer la transferencia de un vehículo?
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Permiso de circulación original del vehículo, o declaración jurada de extravío
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Fotocopia de la tarjeta de inspección técnica por ambas caras. No es necesario que el vehículo tenga en vigor la ITV para poder gestionar el cambio. En su caso declaración jurada de extravío.
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Fotocopia del DNI del comprador y del vendedor (actualizadas, y en vigor). Si el vehículo lo adquiere una empresa aportaremos copia del CIF de la empresa y dni del representante legal o apoderado junto con copia de las escrituras de poderes.
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Contrato compra venta coches.
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Autorización para la gestoría.
¿Qué necesito para transferir un coche de empresa?
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Fotocopia del DNI del representante legal o apoderado de la empresa vendedora.
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Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (C.I.F.).
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Certificado de poderes o escrituras originales (si hay administrador único).
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Factura de venta del vehículo.
La Gestoría de CEA puede solicitarte el informe tráfico.
Tasas DGT vehículo: 55,70 €
Tasas DGT ciclomotor: 27,85 €
A parte de la tasa de tráfico, en los precios de transferencia hay que añadir el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620), cuyo porcentaje dependerá de lo que establezca cada Comunidad Autónoma y se hará sobre el valor que Hacienda establece para ese vehículo (tablas publicadas anualmente).
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En caso de realizar la gestión a través de CEA, todos los impresos se encuentran en nuestras oficinas.