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 # Nota de prensa n.136 # # 15 abril 2008 # 
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La Asesoría Jurídica de CEA consigue un nuevo éxito, en un tema que nada tiene que ver con el automóvil
Indemnizan a un socio de CEA por la interrupción en el servicio de Internet
Madrid, a 15 de abril de 2008. La Asesoría Jurídica del Comisariado Europeo del Automóvil, CEA, consigue que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones resuelva de forma satisfactoria un recurso de un socio ante una compañía de Internet, indemnizándole por la interrupción en el servicio de Internet.

El Comisariado Europeo del Automóvil, CEA, ha conseguido que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones resuelva de forma satisfactoria una reclamación de un socio por la interrupción en su servicio de Internet. Si bien la presente resolución es susceptible de recurso de reposición, que a fecha de hoy ignoramos si será presentado por su proveedor de servicios en Internet.

Durante varios meses, el socio de CEA quedó privado de servicio de Internet, teniendo además que soportar que se le llamara deudor por las diversas personas que le atendían el teléfono cuando llamaba para pedir explicación. Este desagradable e intolerable proceder, tiene su origen en Diciembre del 2006, cuando el cliente recibe una reclamación por el impago de una factura que ascendía a 11,54 euros. Ante esta situación incierta, el cliente se pone en contacto con su proveedor de servicios en Internet, explicando que no era cierto el impago, y que contaba, además, con el justificante de la entidad bancaria que acreditaba el abono del mismo.

Esta situación, aparentemente sencilla, desembocó en cartas amenazantes contra el socio de CEA así como corte del servicio. De la misma manera, el socio llamaba a la compañía y les enviaba faxes demostrando que no tenía ninguna factura sin abonar. Este hecho, lógicamente, repercutió en el bolsillo del cliente, dado que las llamadas no son gratuitas y que durante este tiempo estaba sin servicio de Internet.

En febrero, el cliente de CEA consigue sustituir el concepto de deudor por cliente preferente, si bien sigue sin servicio, teniendo que pagar la factura del técnico que le envían a su domicilio para averiguar cuál es el motivo de que no pueda navegar por Internet. El técnico le recomendó comprar un nuevo ordenador, pudiendo ser su viejo PC el causante de no tener servicio. El socio de CEA accedió, pero esta situación no solucionó el problema. Durante estos meses y con toda esta insistencia, nuestro socio abonaba las facturas mensuales por un servicio que no se le prestaba.

Con la ayuda de la Asesoría Jurídica de CEA, nuestro socio presenta una reclamación el 18 de abril del pasado año a la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones. Recibe la contestación el 26 de Marzo del presente, y que si bien no hace olvidar lo padecido, mitiga moralmente el maltrato padecido, estimando la reclamación presentada en todos sus términos, si bien no se pronuncia por falta de competencia, en lo referente a la publicidad engañosa alegada.

Por ello, desde CEA animamos a todas las personas que se encuentren en una situación similar, a que dirijan su reclamación a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, sita en la C/ Capitán Haya 41, 28071 Madrid.

Si quieres ampliar información sobre ésta u otras sentencias, no dudes en contactar con el Dpto. de Comunicación de CEA para que nuestros letrados te amplien información: 902 321 909 / 91 557 68 34.

Descargar Nota de Prensa
Nuria Alonso Martínez-Losa
Directora de Comunicación y RR. EE.
Comisariado Europeo del Automóvil (CEA)
C/ Almagro, 31 28010 MADRID (SPAIN)
Tel. 0034 91 557 68 29
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