Esta es la pregunta que se hace el ciudadano cuando ha sido sancionado. Las posibilidades que se le ofrecen son sencillas.
NO HACER NADA. En este caso con toda probabilidad la Administración agotará todos los mecanismos legales para hacer efectiva la sanción, llegando incluso al embargo de sus bienes. El sistema automatizado instaurado por la Administración le permite imponer la sanción en muy breve tiempo.
ABONAR LA SANCION. Son muchos los factores que van a intervenir en esta decisión, la situación económica del sujeto, la aceptación de la infracción, la reiteración de infracciones, la posibilidad de acogerse a la reducción del 30 % por pronto pago, etc... Sin embargo esta opción en los casos de perdida del permiso de conducir o de puntos es inoperante ya que el expediente sancionador proseguirá hasta la resolución que acuerde la perdida de puntos o la retirada del permiso de conducir.
RECURRIR LA SANCION. En este supuesto, el ciudadano tiene dos posibilidades. La primera de ellas, hacerlo por su cuenta y riesgo, si bien ya hemos visto que salvo que se tengan los conocimientos jurídico-administrativos necesarios la formulación de recursos persiguiendo su eficacia no es tarea sencilla. La segunda solución por lo tanto, será acudir a nuestro Departamento de Asesoría Jurídica. |