Comisariado Europeo del Automóvil
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Top > Notas de Prensa > Importe y la relación de las actuales infracciones
Para los conductores que no quieran ver su bolsillo dañado debido a la reforma de la ley, CEA les informa de cuál es el importe y la relación de las actuales infracciones, destacando en negrita las últimas modificaciones.

Infracciones Muy Graves (De 301 a 1.500 euros):
  • El incumplimiento por el titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido la infracción de la obligación de identificar verazmente al conductor responsable de dicha infracción, cuando sean debidamente requeridos para ello y no exista causa justificada que lo impida.
  • Circular con un vehículo sin poseer el permiso de conducir.
  • Circular con un vehículo no matriculado o sin las correspondientes autorizaciones administrativas.
  • Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas afectando a la seguridad vial.
Infracciones Muy Graves (De 301 a 600 euros)
  • Circular por autopistas o autovías o en posición paralela con vehículos expresamente prohibidos para ello.
  • Conducir superando la tasa de alcohol permitida o bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o cualquier otra sustancia de efectos análogos.
  • Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol y otras sustancias análogas.
  • Sobrepasar en más de un 50% la velocidad máxima permitida, superando al menos en 30 km/h el límite máximo.
  • Conducir de forma manifiestamente temeraria.
  • La ocupación excesiva del vehículo, que suponga aumentar en un 50% el número de plazas autorizadas excluyendo al conductor, excepto en autobuses.
  • Circular en sentido contrario
  • Competiciones de vehículos no autorizadas.
  • Excesos en más del 50% del tiempo de conducción para los conductores profesionales.
Infracciones Graves (De 91 a 300 euros)
  • Conducir utilizando dispositivos incompatibles con la obligatoria atención permanente a la conducción.
  • El uso durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, la utilización de cascos o auriculares conectados a aparatos receptores.
  • La utilización de mecanismos de detección de radares.
  • Conducir un vehículo o circular sus ocupantes sin hacer uso del cinturón de seguridad, el casco, y demás elementos de protección o dispositivos de seguridad.
  • Circular con menores de doce años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas con las excepciones que reglamentariamente se determinen.
  • La falta de notificación a tráfico de las adquisiciones de vehículos de segunda mano.
  • La negativa de los involucrados en accidentes de facilitar sus datos.
  • No respetar los límites de velocidad y prioridad de paso, los adelantamientos, cambios de dirección o sentido y marcha atrás.
  • Parar o estacionar en lugares peligrosos.
  • Circular sin el alumbrado reglamentario o deslumbrando.
  • Realización y señalización obras en la vía sin permiso.
  • No respetar señales de los agentes de tráfico, la luz roja de un semáforo o la señal de stop.
  • Conducir de forma negligente.
  • Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes.
  • Circular con un vehículo sin pasar la ITV.
Infracciones Leves (Hasta 91 euros)
  • Son todas aquellas que no se califiquen expresamente como graves o muy graves.


Para más información contacta con:

CEA. Departamento de Comunicación
Nuria Alonso Martínez-Losa
C/ Almagro, 31. 28010 Madrid
Tel. 91 557 68 29
e-mail: comunica@cea-online.es
http://www.cea-online.es
http://www.seguridad-vial.net

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