Pregunta: Mi hermana trabaja desde hace unos años en Reino Unido y desea obtener el carné de conducir a la mayor brevedad por motivos laborales. Ahora bien, en este país existen carnés específicos tanto para coches automáticos o como de cambio manual.
Desearía saber si con el carné de cambio automático podría conducir aquí (suponiendo que se trate de coches automáticos) y si para ello sería necesario algún trámite administrativo, o si por el contrario una vez regrese a España necesitaría preparar de nuevo el carné tipo B.
Les agradecería cualquier tipo de respuesta pues la información disponible en toda la red es escasa y ambigua. Respuesta CEA: Según nos informan desde el departamento de conductores de la Jefatura de tráfico, si obtiene el carné de conducir del tipo B para vehículos automáticos, cuando regrese a España y quiera canjearlo se lo van a canjear pero con esa limitación. Es decir SÓLO podría conducir vehículos automáticos. Si quisiera tener el B "normal" (vehículos con cambio manual) debería examinarse del práctico. |
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Pregunta: Me interesa comprar un V.0. que se ha dado de baja temporalmente... ¿qué debo hacer para rehabilitarlo y poder circular con el sin problemas? ¿Es difícil dar de alta de nuevo el coche? ¿Qué pasos debería seguir?.Respuesta CEA: La baja temporal de un vehículo es un estado administrativo -que ha de solicitar el propietario- con la que el vehículo, efectivamente, no puede circular.
Para rehabilitar un coche en esta situación tendrá que seguir estos pasos:
- Firmar un contrato de compraventa con el vendedor.
- Llevar el coche a la ITV -en grúa, ya que no puede circular; y que pase una revisión.
- Una vez pasada la ITV, deberá acudir al ayuntamiento para dar de alta el vehículo y pagar el impuesto de circulación de ese año (que varía en función del ayuntamiento y la potencia fiscal del vehículo).
- Posteriormente, con el contrato de compraventa se debe pagar el impuesto de transmisiones Patrimoniales, que se corresponde con el 4% del valor del coche según unas tablas de valoración de la Agencia Tributaria.
- Último paso acudir con toda la documentación a la Jefatura de Tráfico y rellena la solicitud de 'Transferencia del vehículo', abonar la tasa.
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Pregunta: Han pasado más de cuatro años desde que me caducó el carné de conducir, ya que por motivos personales no pude hacerlo. ¿puedo ahora renovarlo aunque esté caducado? ¿debo pagar sanción por ello?Respuesta CEA: La modificación reciente del Reglamento de conductores elimina el plazo de 4 años que estaba previsto para solicitar la prórroga de permisos o licencias de conducción sin necesidad de volver a superar las pruebas de control de conocimientos y de aptitudes correspondientes.
Podrá solicitarse la prórroga de la vigencia en cualquier momento posterior a la fecha en que caducó con la simple acreditación de que el conductor conserva las aptitudes psicofísicas exigidas para la obtención de la autorización y sin sanción adicional alguna.
Si bien, sólo son válidos para conducir los permisos con vigencia, no los caducados hasta que se tenga físicamente el carné actualizado. |
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Pregunta: Compré un coche a un particular y, al hacer la transferencia, el funcionario me advierte que está embargado.Respuesta CEA: Hay varias cargas que pueden pesar sobre un vehículo y que deben cancelarse antes de ser transferido. Por eso es importante que el comprador, antes de adquirirlo, investigue si tiene algún embargo, precinto u otra carga. Para ello, puede solicitar en la Jefatura Provincial los datos de vehículo aportando su matricula y pagando la tasa. Si no se hace esto, el comprador tendrá que responder como nuevo titular de las cargas que lleve el vehículo, o llegar a un acuerdo para que el vendedor las cancele. |
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Pregunta: Quiero comprarme una caravana. ¿Qué papeles necesito? ¿Qué tipo de carné necesito para poder conducirla?Respuesta CEA: Todo depende del peso del vehículo, si es superior a 750 Kg. debe estar matriculada. Para ello necesita tener la ficha técnica, pagar el impuesto de matriculación de vehículos, el del Ayuntamiento de su localidad salvo que esté exento (dependiendo de la carga útil), factura de compra del vehículo o contrato de compraventa (en cuyo caso deberá abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales correspondiente), DNI del comprador y firmar los impresos de matriculación de Tráfico.
Es posible conducir vehículos con remolque con el carné clase B, siempre que la Masa Máxima Autorizada del conjunto no exceda de 3.500 kgs y la Masa Máxima Autorizada del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor. En caso contrario debería conducir dicho conjunto de vehículos con el carné de la clase B+ E. |
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Pregunta: He renovado recientemente mi carné de conducir a través de correos. El justificante que me han entregado ¿Me sirve para conducir en el extranjero? ¿Qué ocurre si pasan los tres meses y no me llega el carnet al domicilio?Respuesta CEA: El justificante provisional que entrega la Jefatura Provincial de Tráfico de su residencia o el documento sellado por la oficina de correos no es válido para conducir fuera del territorio nacional. Debe esperar a tener su carné renovado o, si es urgente su salida de España, puede solicitar un carné internacional. Si en los tres meses de validez del documento no le ha llegado su carné, deberá acudir a su Jefatura Provincial para pedir una ampliación del mismo y para que le informen acerca del expediente. Recomendamos realizar la renovación del carné de conducir a través de gestores colegiados. Éstos le podrán reclamar en Tráfico la tramitación del mismo, no teniendo que acudir Usted personalmente. |
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Pregunta: Vivo en Mallorca desde hace años pero me voy a trasladar a Madrid definitivamente. ¿Tengo que matricular mi vehículo en Madrid? ¿Puedo cambiarle las placas para que no aparezca el distintivo provincial?Respuesta CEA: Si viene con su vehículo a la península debe actualizar los datos en su permiso de circulación, haciendo un cambio de domicilio. Si quisiera poner las nuevas placas sin el distintivo provincial, tiene que hacer una solicitud de nueva matrícula (pasando una inspección técnica nueva) en la Jefatura Provincial de Tráfico aportando como justificante del nuevo domicilio el certificado de empadronamiento. En este supuesto se permite el cambio de matrícula.
Cuando se viene de Canarias donde el régimen fiscal es diferente es obligado el pago de aduanas previo al cambio de domicilio. |
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Pregunta: Quiero salir éste verano a Andorra. ¿Necesito algún papel especial?Respuesta CEA: Andorra tiene firmado un acuerdo con España para el reconocimiento recíproco de las autorizaciones para conducir. Si va como turista el carné español le sirve. Si por el contrario va a ser residente en dicho país necesita realizar el canje del español por el andorrano. Recuerde que siempre que vaya a desplazarse por países no miembros de la Unión Europea es necesario la obtención del Permiso de Conducción Internacional para evitar problemas. Los documentos necesarios para su solicitud
son: Permiso de conducir nacional y fotocopia, (tiene que estar en vigor y no tener pendiente el cumplimiento de alguna sanción). Fotocopia del D.N.I. Dos fotografías. Abonar la tasa oficial. |
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Pregunta: Hace unos meses perdí mi carné de conducir y solicité en mi Jefatura de Tráfico uno nuevo. Al cabo de un tiempo encontré el extraviado y pocas semanas después me enviaron el nuevo. Ahora tengo dos, ¿me tengo que deshacer de alguno?Respuesta CEA: Cuando se emite un duplicado del permiso de conducir por extravío se adjunta al expediente una declaración jurada en la que se dice que se devolverá el carnet perdido en caso de encontrarlo. Por ello debería devolver el antigüo a la Jefatura Provincial de Tráfico de su localidad. |
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