Franquicia: Cantidad o porcentaje pactado en las condiciones particulares de la póliza y que el asegurado asume a su cargo en caso de siniestro.
Fraude: Actuación en contra del principio de buena fe, realizada en perjuicio de un tercero.
Impago de la prima: Cuando el recibo no ha sido satisfecho a su vencimiento. Normalmente genera la suspensión de las garantías de la póliza.
Indemnización: Resarcimiento económico por el daño corporal o material, producido por un siniestro.
Infraseguro: Cuando el valor asignado al objeto garantizado en una póliza es inferior al que tiene realmente.
Invalidez absoluta/permanente: Situación física irreversible que imposibilita para cualquier relación laboral o actividad profesional.
Joyas y objetos de valor: Conjunto de bienes que en su totalidad o unitariamente, dependiendo de la aseguradora, deben ser declarados expresamente en la póliza para su cobertura.
Ocupante: Persona transportada en el vehículo cuyos daños están cubiertos por el Seguro de Suscripción Obligatoria.
Plazo de gracia: Periodo de tiempo (un mes), despues del día del vencimiento de la póliza, en el que las garantías de la misma aún permanecen vigentes, aunque no esté cobrado el recibo.
Póliza: Documento que contiene las condiciones reguladoras del seguro.
Prima: Es el precio del seguro, en el que se incluyen los impuestos y recargos correspondientes.
Propuesta: Documento que sustituye provisionalmente a la póliza, en tanto no se confeccione ésta, con un periodo de validez de 15 días.
Regla proporcional: Si existe diferencia entre el valor de los bienes del asegurado y los capitales contratados, en caso de siniestro, se indemnizará proporcionalmente entre el capital asegurado y el valor real de los bienes.
Repatriación: Traslado de personas y/o vehículos, a su domicilio habitual.
Responsabilidad Civil: Obligación que tiene una persona frente a otra de reparar los daños y perjuicios ocasionados por una acción u omisión en el que haya habido algún tipo de culpa o negligencia, y por la que se deba responder.
Robo: Apoderamiento ilegítimo de una cosa ajena, utilizando fuerza en las cosas o intimidación en las personas.
Secuela: Incapacidad o invalidez que deriva de cualquier accidente.
Siniestro: Hecho cuyas consecuencias económicamente dañosas están cubiertas por la póliza. El conjunto de daños corporales y materiales derivados de un mismo evento constituye un solo siniestro.
Siniestro total: Cuando el importe estimado de la reparación excede del valor del vehículo, de acuerdo con la póliza.
Tomador: Persona que contrata el seguro y se obliga al pago de la prima.
Valor de nuevo: Precio de venta del vehículo nuevo -impuestos incluidos-.
Valor de reposición: Sustitución de los bienes siniestrados por otros objetos de calidad y estado semejante, de acuerdo con la póliza.
Valor venal: Valor en venta del vehículo asegurado en el momento inmediato anterior a la ocurrencia del siniestro.