Siempre que compre un vehículo usado hay que tomar ciertas precauciones para disminuir el riesgo de no poder finalizar la tramitación del mismo o en el caso de los vendedores de recibir alguna sanción que ya no le corresponda.
 Nuestros consejos:
  • Realice la gestión a través de gestor administrativo colegiado.
  • Solicite un informe previo de la titularidad del vehículo que vamos a comprar, para saber si el mismo tiene o no cargas, gravámenes, precintos... que nos impidan realizar la transferencia o frente a los que debamos responder aun no habiéndolos generado.
 Documentos que va a necesitar para formalizar la transferencia
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Ficha técnica con la última inspección pasada y el último informe de la nave de ITV.
  • Impuesto de circulación pagado, del Ayuntamiento donde esté domiciliado el vehículo.
  • DNI de comprador y vendedor en vigor (si en algún caso el domicilio que figura no es el mismo podremos aportar certificado de empadronamiento si hemos cambiado de población o recibo de luz, agua, teléfono... si sólo hemos cambiado de calle para justificar este nuevo domicilio), o en su caso NIE (número de identificación de extranjeros).
  • Solicitud de tráfico debidamente cumplimentada.
  • Contrato de compraventa presentado en hacienda.
  • Modelo 620 de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales pagado.
 Contrato de compraventa:
En cuanto al contrato de compraventa, no existe un modelo único a utilizar, aunque si es necesario que cumpla con los requisitos que establecen las normas sobre los contratos (código civil).

Por ello es obligatorio que figure:

  1. Identificación completa del comprador y vendedor.- nombre, apellidos, nº de DNI, dirección.
  2. Identificación del vehículo objeto del contrato.- marca, modelo, matrícula, bastidor, potencia fiscal.
  3. Precio de venta y forma de pago.
Debe acreditarse que queda libre de cargas y gravámenes.
 Impuesto de transmisiones patrimoniales:
El impuesto de transmisiones supone el 4% del valor que hacienda le da al vehículo según tasas publicadas anualmente o sobre el valor que se establece en el contrato si este es superior al recogido por hacienda. En caso de venta del mismo con factura en vez de contrato, hay que presentar el modelo 620 pero como exento.
SUPUESTOS ESPECIALES:
Si el vendedor ha fallecido debe presentarse además, declaración de Herederos o Testamento acompañado de certificado de últimas voluntades, o cuaderno particional en que conste la adjudicación del vehículo y el impuesto de sucesiones.

En caso de compra por parte de un menor necesitará aportar autorización de sus padres o tutores legales, copia del DNI de estos y la firma de ellos en las solicitudes y contrato.

Si el vehículo que adquirimos viene de Canarias, Ceuta y Melilla que son provincias con régimen fiscal diferente, necesitamos previamente realizar la importación del mismo pagando la tasa correspondiente en tráfico y aportando el DUA o certificado aduanero que acredita el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Si vendemos un vehículo a un particular con residencia en un Estado que es de la Unión Europea, hay que darlo de baja definitiva en el registro de la Jefatura de Tráfico por Tránsito Comunitario.

Nos pedirán permiso de circulación original, DNI del titular y solicitud en impreso oficial (abonando la tasa establecida por tráfico que varia anualmente).

Antes de pedir la baja debemos cancelar cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles.

Hay que tener en cuenta que si se traslada a un país NO COMUNITARIO deberemos aportar original y fotocopia del documento expedido por la Administración de aduanas por el que se autoriza el traslado.

Es obligación legal nuestra, tener actualizado el domicilio que figura en el permiso de circulación del vehículo, sobre todo teniendo en cuenta que cualquier comunicación que la Administración nos vaya a realizar será al domicilio que aparezca en dicho permiso.

Para actualizarlo necesitaremos aportar:

  • Permiso de circulación original.
  • Ficha técnica del vehículo.
  • DNI de titular que deberá estar actualizado. En caso contrario aportaremos para justificar el cambio de domicilio el certificado de empadronamiento si hay cambio de población, y si no lo hay podemos entregar un recibo de luz, agua, teléfono etc.
En CEA le ayudamos a realizar todas sus gestiones administrativas porque no queremos que pierda su valioso tiempo en las Jefaturas Provinciales de tráfico o en cualquier otro organismo público. Le daremos una información detallada sobre el procedimiento concreto que necesite, los documentos que debe aportar para realizarlo, ante que organismo presentarlo etc.